El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado sentencia en fecha de 14 de mayo de 2008, que se ha notificado ahora, por la que declara nuevamente que la Administración educativa catalana tiene que habilitar en la hoja de preinscripción que se facilita a los padres una casilla para que los padres o tutores puedan expresar la lengua de escolarización de sus hijos.
Este pronunciamiento se ha producido a raíz del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación por la Tolerancia contra la normativa de preinscripción y matriculación del año 2005.
Con ese son ya tres los pronunciamientos que constan del citado Tribunal anulando la normativa catalana. A pesar de lo reiterada doctrina, sistemáticamente el Departamento de Educación viene incumpliendo la previsión del artículo 21.2 de la Ley de Política Lingüística que reconoce el derecho a escolarizar durante la primera enseñanza (esto es hasta el primer ciclo de la educación primaria) en la lengua habitual del alumno.
La Asociación por la Tolerancia reclama el cumpliminento de las sentencias y califica de intolerable que sea motivo de discusión política la implantación de una tercera hora de castellano y que, en cambio, no lo sea que la mayoría de los políticos catalanes desconozca el Estado de Derecho. Barcelona, a 4 de junio de 2008.
[Puede leer aquí parte de la sentencia en pdf]
tolerancia.org (4.06.2008)
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